causa “T. c/ J. s/ Alimentos”
4 de octubre de 2017
Juzgado de Familia de Rawson
Juez Martín Benedicto Alesi


⚖️ Contexto del caso

  • La abuela materna del niño S., en su carácter de guardadora, promueve demanda de aumento de la cuota alimentaria contra el padre del niño.
  • El niño tiene 4 años y padece una grave condición de salud neurológica, con necesidad de tratamiento y asistencia constante.
  • El padre no participa activamente en la vida del niño ni cumple con la obligación alimentaria. A su vez, había ejercido actos de violencia contra la abuela y la madre del niño.
  • Se lo declaró rebelde en el proceso y se fijó una cuota provisoria del 20% de sus ingresos, con un mínimo de $5.000.
  • Persistió el incumplimiento.

🔍 Puntos jurídicos centrales

1. Obligación alimentaria

  • El juez reafirma que ambos progenitores tienen el deber de brindar alimentos, aun cuando el cuidado personal lo ejerza solo uno (arts. 658 y 659 del CCCN).
  • El incumplimiento del padre afecta gravemente los derechos del niño, especialmente a su vida digna, salud y desarrollo integral.

2. Silencio procesal como indicio

  • El juez valora la falta de respuesta del progenitor como un indicio negativo, señal de desinterés, y lo considera obstrucción del curso de la justicia.

3. Perspectiva de género y niñez

  • Se articula el incumplimiento alimentario con violencia económica y patrimonial (art. 5 inc. 4 de la Ley 26.485).
  • Se integra con antecedentes de violencia familiar (física y psicológica) hacia la madre y la abuela.
  • Se vincula con la feminización de la pobreza: el no pago profundiza la desigualdad de género y empobrece a mujeres cuidadoras.

4. Medidas coercitivas judiciales

  • Se dispone arresto por 5 días como sanción disciplinaria y medio de coacción (arts. 12 Ley XV N° 12, 22 Ley V N° 3, 35 CPCC Chubut).
  • Se destaca que estas medidas no son penas, sino instrumentos procesales legítimos para garantizar la eficacia del derecho alimentario.
  • Se apoya en el art. 7.7 de la Convención Americana de DDHH, que permite la privación de libertad por incumplimiento alimentario.

5. Medidas innovadoras y ejemplificadoras

  • Se impone un apercibimiento de una “medida de colocación en situación de calle”: si el padre no paga, se ordenará su exclusión de cualquier inmueble que ocupe.
  • Se advierte sobre la posible sanción a terceros que lo alojen, mediante multas y desalojo.

Conclusión

Este fallo constituye un ejemplo avanzado de justicia con enfoque de derechos humanos, que no se limita a formalidades sino que actúa con firmeza frente al incumplimiento alimentario como forma de violencia estructural. Integra de manera sólida el derecho de alimentos, la protección contra la violencia de género y el interés superior del niño, respaldado por un uso creativo y fundado del derecho procesal.


link: https://drive.google.com/file/d/1LFKhnxRvModSTFy3N0TsG2G8rMdv4ns8/view?usp=drive_link

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