“V. M. S. c/ T. D. M. s/ Incidente de aumento de cuota alimentaria”
Juzgado de Paz Letrado de Chivilcoy
Juez: EDUARDO J. M. BANCHERO
21 de abril de 2021
⚖️ Resumen Jurídico del Fallo
📌 1. Objeto del proceso
La progenitora solicita el uso exclusivo de la vivienda familiar como medida de presión para compeler al progenitor al cumplimiento de la obligación alimentaria, alegando además la existencia de violencia económica. La vivienda era parte de la comunidad ganancial y estaba siendo usufructuada únicamente por el demandado desde la separación.
🧩 2. Hechos relevantes
– Existía una sentencia anterior (2015) que fijaba una cuota alimentaria del 20% del salario del alimentante.
– El demandado perdió su empleo registrado y dejó de cumplir sistemáticamente con sus obligaciones alimentarias.
– Solo realizó pagos esporádicos y por voluntad propia, y se desentendió del ejercicio de la responsabilidad parental.
– Se dictó una sentencia (2019) que fijó una cuota de $8.000 mensuales, pero el demandado persistió en el incumplimiento.
– Se aplicaron previamente medidas como: intimaciones, inhibición general de bienes, inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios, sin resultados.
– La deuda provisional ascendía a $75.050, sin intereses.
⚖️ 3. Fundamentos jurídicos
🔹 Incumplimiento reiterado como violencia económica
– El juez califica la conducta del alimentante como violencia económica en los términos del art. 5 inc. 4 de la Ley 26.485.
– Sostiene que el incumplimiento reiterado menoscaba los derechos de las niñas y genera un perjuicio concreto para la progenitora, quien soporta la carga total del cuidado y la manutención.
🔹 Aplicación del art. 553 del CCyCN
– Esta norma faculta al juez a imponer medidas razonables y eficaces para garantizar el cumplimiento de la sentencia alimentaria.
– Dado el carácter recalcitrante del incumplimiento y la ineficacia de medidas previas, se considera adecuada una medida más drástica.
🧨 4. Medida dictada: exclusión del hogar
Resolución del 28/10/2020:
– Se intima al pago de la deuda alimentaria bajo apercibimiento de excluir al alimentante de la vivienda familiar, a efectos de que pueda habitarla la progenitora con las hijas.
Resolución del 08/04/2021:
– Dado el incumplimiento persistente, se hace efectiva la exclusión del inmueble y se ordena:
– Desalojo con intervención de la Comisaría de la Mujer y la Familia.
– Autorización al alimentante a retirar sus pertenencias personales.
– Reintegración inmediata de la vivienda a la progenitora y sus hijas.
🧠 5. Aspectos jurídicos destacados
– Protección integral de la niñez: se prioriza el interés superior de las hijas, cuya integridad física, emocional y económica está comprometida por el incumplimiento paterno.
– Medida no patrimonial, pero eficaz: la exclusión del hogar funciona como instrumento de coacción legítima y razonable, frente a un deudor remiso.
– Legitimidad constitucional y convencional: la decisión se basa en normas del bloque de constitucionalidad federal que imponen al Estado y a los jueces adoptar medidas eficaces para asegurar los derechos alimentarios.
✅ Conclusión
Este fallo es un claro ejemplo del uso progresivo, proporcionado y justificado de medidas conminatorias frente al incumplimiento alimentario persistente. Se reconoce el incumplimiento como forma de violencia económica y se actúa en consecuencia, utilizando herramientas legales para proteger a las hijas y restaurar un mínimo de justicia material. La sentencia también refuerza el rol activo del Poder Judicial en el cumplimiento efectivo de los derechos fundamentales.