Sala K de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil
Fecha: 3 de mayo de 2019
Integrantes tribunal: SILVIA PATRICIA BERMEJO, OSVALDO ONOFRE ALVAREZ, OSCAR J. AMEAL.
Fallo paradigmático en materia de medidas coercitivas frente al incumplimiento alimentario, con enfoque en derechos humanos, infancia y razonabilidad judicial.

⚖️ Resumen jurídico del fallo

🔹 Objeto:

Se analiza la procedencia de una medida de prohibición de salida del país contra un progenitor que incurrió en incumplimientos reiterados y sistemáticos de su obligación alimentaria respecto de sus hijos menores, uno de los cuales tiene discapacidad severa.


🧩 Hechos relevantes:

  • El alimentante, médico cirujano con alto poder adquisitivo, dejó de pagar durante más de dos años la cuota alimentaria establecida judicialmente ($12.000 mensuales + escolaridad + parte del crédito hipotecario).
  • La madre denunció una deuda acumulada de $270.000, y dificultades graves para cubrir necesidades básicas de sus hijos (alimentación, escolaridad, tratamientos especiales).
  • Se habían aplicado otras medidas previas (registro de deudores alimentarios, inhibición general de bienes, embargos), sin obtener resultados.

⚖️ Fundamento jurídico de la Cámara:

1. Medidas conminatorias (art. 553 CCyCN)

  • Se habilita al juez a imponer medidas razonables para asegurar la eficacia de la sentencia cuando existe incumplimiento reiterado.
  • La finalidad no es sancionar, sino obligar al cumplimiento por vías indirectas.

2. Tutela judicial efectiva

  • El derecho alimentario exige no solo obtener una sentencia favorable, sino también garantizar su ejecución, como parte del acceso efectivo a la justicia (art. 15, Constitución Nacional + tratados de DDHH).

3. Interés superior del niño

  • Se prioriza el bienestar y desarrollo de los niños (art. 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño) por sobre el derecho del demandado a transitar libremente.
  • La Convención de los Derechos del Niño (art. 27) impone al Estado y a los padres la responsabilidad de garantizar condiciones de vida adecuadas.
  • La medida se considera razonable y proporcionada, en tanto el progenitor ha demostrado desinterés prolongado y resistencia a cumplir.

⚖️ Decisión:

  • Se revoca la decisión de primera instancia y se admite la prohibición de salida del país hasta tanto se salde la deuda alimentaria.
  • Se comunica la medida a los organismos competentes (Migraciones, Policía, etc.).
  • Se destaca que no se vulnera el derecho a transitar (art. 14 CN), ya que no hay derechos absolutos y la medida se justifica por el interés superior de los hijos.

🧠 Aspectos destacados del fallo:

  • Aplica bloque de constitucionalidad federal: Constitución + tratados con jerarquía constitucional (art. 75 inc. 22 CN).
  • Reafirma que el incumplimiento alimentario reiterado configura una forma de violencia estructural contra la infancia.
  • Se destaca la razonabilidad de la medida, su proporcionalidad, y la necesidad de garantizar efectividad real de las decisiones judiciales.
  • El fallo puede ser considerado como jurisprudencia referencial para casos donde se requiere adoptar medidas excepcionales ante el incumplimiento grave de alimentos.
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