💼 Fallo innovador: Juzgado de Viedma ordena prohibición de carga de combustible y prestación de servicios a deudor alimentario
📍 Juzgado: Unidad Procesal N° 5 de Viedma – Juzgado de Familia N°5
📅 Fecha: 16 de octubre de 2024
📁 Expediente: VI-00828-F-2024 – H.J.J. c/ O.F.D. s/ Ejecución
🔍 Resumen jurídico:
En el marco de un proceso de ejecución por deuda alimentaria, el juzgado hizo lugar a la liquidación promovida por la progenitora respecto de alimentos impagos y gastos extraordinarios (junio a septiembre de 2024), con una deducción puntual por un gasto improcedente (ropa y alimentos) que no calificaba como extraordinario según el acuerdo homologado.
La sentencia impone múltiples medidas coercitivas para garantizar el cobro de la deuda alimentaria, entre ellas:
- ✅ Prohibición de expendio de combustible al alimentante en estaciones de servicio de la localidad de Valcheta hasta que se acredite el cumplimiento de la obligación alimentaria.
- ✅ Prohibición de contratar y prestar servicios (como transporte, mudanza, abastecimiento) al supermercado local S.G., cliente habitual del deudor.
- ✅ Embargo del 15% de los montos que el deudor perciba por contratos con la Municipalidad de Valcheta, hasta cubrir la deuda alimentaria determinada.
- ✅ Imposición de costas y honorarios, intimando al deudor a abonar en 8 días hábiles o a deducir excepciones, bajo apercibimiento de ejecución forzada (arts. 542 y 544 CPCC).
⚖️ Relevancia jurídica:
Este fallo se destaca por la adopción de medidas coercitivas no tradicionales en ejecución de alimentos, en línea con una interpretación amplia del artículo 553 del CCCN y con perspectiva de tutela efectiva. Se busca desincentivar el incumplimiento y proteger de forma real y concreta los derechos de los hijos alimentados, aplicando restricciones que impactan directamente en la actividad comercial y económica del deudor.